Dirección:
La caza deportiva está permitida en toda la provincia con excepción de los departamentos Banda, Capital y Copo, únicamente los fines de semana y feriados nacionales o provinciales, durante las horas de luz diurna (salvo para la caza de la vizcacha).
Se halla prohibida en rutas, caminos, lugares declarados reservas y a menos de 1.000 metros de las poblaciones.
Para la caza mayor, se encuentran habilitados los departamentos Aguirre, Alberdi, Belgrano, Ibarra, Mitre, Moreno, Pellegrini, Rivadavia y Taboada. Se permite la caza del pecarí de collar. Para la caza de esta especie se deberá adquirir el precinto respectivo.
Para la caza menor, las especies permitidas son: vizcacha, liebre europea, conejo de palo, perdices -chica, montaraz, copetona y charata-, patos -picazo o crestón, maicero, cabeza negra, gargantilla y capuchino- y paloma común (en todos los departamentos). Para la práctica de la caza menor se deberá poseer el permiso correspondiente.
TEMPORADA.
La temporada de caza mayor y menor se extiende desde el 1º de mayo hasta el 31 de agosto, para todas las especies permitidas excepto la paloma común, cuya caza está habilitada durante todo el año.
ESPECIES VEDADAS.
Se halla expresamente prohibida la caza de las siguientes especies: oso hormiguero, tatú carreta, corzuela, pecarí labiado, gato del monte, yaguareté, zorro, ñandú, lampalagua, martineta colorada y puma.
ESPECIES Y CUPOS MAXIMOS PERMITIDOS.
Se detallan los cupos máximos de captura, por cazador y por excursión:
Pecarí de collar | 2 ejemplares por temporada |
Vizcacha | 6 ejemplares |
Liebre europea | 5 ejemplares |
Conejo de palo | 3 ejemplares |
Perdices | - chica 10 ejemplares - montaraz 10 ejemplares - copertona 5 ejemplares - charata 5 ejemplares |
Patos picaso, maicero, cabeza negram gargabtukka y capuchino | 15 ejemplares |
Paloma común | sin límite de piezas |